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¿WhatsApp es válido como medio de notificación fehaciente ?

creado por Notificad@s 14 julio 2014 15:38

WhatsApp logo

La respuesta a la pregunta del titular es rotudamente NO, WhatsApp no debería ser utilizado como medio de notificación fehaciente.

Mucho se ha hablado acerca de este tema, y hacemos referencia a un interesante artículo publicado en el diario El Pais, que podéis consultar directamente pulsando este enlace con el titular "Whatsapp, dudoso testigo de cargo".

Del artículo se pueden extraer varias conclusiones, aquí os citamos las más importantes:

  • El uso de WhatsApp está desaconsejado como medio de notificación fehaciente.
  • WhatsApp, como cualquier otra herramienta informática es susceptible de tener "vulnerabilidades" que pueden afectar a la comunicación efectuada entre un remitente y un destinatario. A fecha de la redacción de esta artículo: suplantación de identidad, lectura de conversaciones ajenas, descifrado de contraseñas, y otras que según expertos en seguridad informática "pone en entredicho la seguridad de WhatsApp y, desde luego, lo descarta como un medio válido para probar algo a nivel legal".
  • Peritos informáticos que intervienen en procesos judiciales para probar la veracidad o no de mensajes de WhatsApp revelan que "aproximadamente una de cada 20 pruebas está falseada".
  • "La justicia no está preparada, no existe a día de hoy la figura de un Juez 2.0", es otra de las conclusiones de un profesor de Derecho Procesal de la Universidad de Salamanca.
  • La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) actual no contempla esta notificación como un medio de notificación fehaciente, siendo que "la valoración de la prueba electrónica por parte del juez está totalmente condicionada a lo dicho por el perito informático" que deberá examinar cada prueba aportada.


Notificad@s ha desarrollado una tecnología que permite la imposición tanto por canales online (en www.notificados.com) como por canales offline - tienda física (en distribuidores) donde se acredita en todo momento de forma fehaciente los datos relativos al emisor y receptor de la comunicación, resultado y acciones de la comunicación efectuada y certificación de contenido literal íntegro (sin posibilidad de repudio ni modificación, firmado y sellado electrónicamente con certificado digital reconocido).


Actualmente Notificad@s se posiciona como la mejor opción para la emisión y recepción de notificaciones fehacientes, comúnmente conocidas como burofax, ya sean estas realizadas en la modalidad postal (entrega en mano a una dirección física) o electrónica (entrega digital mediante firma electrónica reconocida como DNIe).

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Burofax Electrónico | Casos de Uso | Legal | Tecnología

Comentarios

GABI dijo... 02/07/2020 16:15:34 #

Y lo mismo se puede decir de cualquier comunicación.
Un buzón puede abrirse y robar su contenido.
Un sobre cerrado se puede abrir y ser leído o puede robarse.
Una persona puede poseer un DNI falsificado y suplantar al verdadero titular.
Y ya puestos un suplantador de identidades puede ir a un Notario y vender posesiones del suplantado.
Es que puestos a defraudar todo es defraudable, y me parece un atraso y un abuso tachar a la notificacion por whatsapp.
Si es emitida por una entidad publica, a telefonos a priori legitimos, que se envia documentacion firmados electronicamente  que puede cotejarse el texto gracias al codigo de verificacion segura que aparece junto a la firma.
Pues mira, si eso pasa queda lo que siempre queda, ir al juzgado y denunciarlo y pedir que se anulen.

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Notificad@s dijo... 03/07/2020 10:23:51 #

Estimado Gabi,

La cuestión en relación a las notificaciones vía Wasap no radica en si son válidas o no, todo depende del objetivo de la notificación y el uso que se pretenda. No se trata de desacreditar una vía de comunicación sino de diferenciar su utilidad así como el grado de fehaciencia que pueden aportar. Todo lo que ha descrito en su comentario entra dentro de lo posible, como bien dice todo es susceptible de un uso fraudulento, pero a su vez en el caso de un burofax postal o electrónico son hechos muy muy improbables por las condiciones formales de fehaciencia que exigen dichas comunicaciones, condiciones que no tienen a día de hoy ni wasap ni otros servicios de mensajería instantánea. No obstante, nuestra intención en este blog es meramente informativa, aportando declaraciones y hechos probados, obviamente cada cual es libre de utilizar el medio que desee para sus comunicaciones. Bajo estos criterios, no podemos recomendar el uso de wasap cuando se pretende notificar un hecho con una mínima fehaciencia.

Un cordial saludo,

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Desde al año 2010 Notificad@s ofrece el servicio de notificación fehaciente (burofax) por vía postal y durante el año 2013 también por vía electrónica con entrega bajo DNI-e y otros certificados digitales reconocidos.

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