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Enviar un burofax: cuando y por qué puedo necesitarlo

creado por Notificad@s 10 septiembre 2015 09:39

Imagen de burofax

Enviar un burofax como forma de comunicación se asocia habitualmente a conflictos o situaciones poco agradables. Sin embargo, el burofax es el último instrumento considerado amistoso para resolver o dejar constancia de una situación entre dos partes, antes de iniciar acciones de carácter legal o jurídico que casi siempre son costosas o incómodas para ambas partes. Por tanto, utilizamos el envío de burofax para, en caso de que se desencadenen acciones posteriores a éste, tengamos pruebas fehacientes, es decir, pruebas que dan fe de forma indudable frente a instancias superiores, juzgados u organismos oficiales, de nuestra voluntad para resolver un conflicto y de haber puesto a su vez en conocimiento de la otra parte nuestros agravios sufridos o las exigencias concretas que nos creemos en el derecho de reclamar.

 A diferencia de la carta ordinaria o certificada, enviar un burofax nos permite, entre otras ventajas, obtener fehaciencia tanto de la entrega, con el acuse de recibo (servicio que también ofrece la carta certificada) como del contenido, con la certificación de texto. Para plantearnos entonces el envío de burofax ante un conflicto o situación con otra persona física o jurídica, tendremos que considerar si en el futuro deberemos disponer de pruebas para demostrar de manera fehaciente dos aspectos:

Resultado de la entrega: Mediante el Acuse de Recibo. En el caso de que el burofax sea entregado, deberá contener los datos del receptor (firma, nombre y apellidos y dni, o sello si es empresa) así como la fecha de entrega. Este documento será útil tanto si se entrega el burofax como si resulta ausente, desconocido, dirección incorrecta o rehusado por el destinatario. El documento de acuse de recibo no sólo prueba la entrega (y por tanto puesta en conocimiento del destinatario) sino que también evidencia, sea cual sea el resultado, nuestra voluntad de notificar amistosamente un hecho y el momento concreto en el que lo comunicamos (detalle especialmente importante en conflictos dependientes de plazos temporales, como fecha de facturas, finalización de contratos, etc….).

Contenido enviado: Mediante la Certificación de Texto. Esta prueba nos permite demostrar que el envío contiene lo que efectivamente decimos que hemos comunicado, sin dejar posibilidad a la otra parte para que alegue que no ha recibido aquello que decimos que hemos enviado.

Para la generación y custodia de ambas evidencias en la comunicación se necesita la intervención de un Tercero de Confianza Imparcial (en nuestro caso, Notificados) para la puesta a disposición del emisor de dichas evidencias bien a instancia de él mismo o de las instancias superiores que procedan. El tercero de confianza debe disponer de las pruebas durante al menos 5 años tras la comunicación, para poder facilitarlas en el momento que el emisor las necesite. Además, en el caso de Notificados, la certificación de contenido se testimonia notarialmente, introduciendo un tercero de confianza adicional, el Notario, que custodia las evidencias por tiempo indefinido.

En resumen, enviar un burofax nos asegura poder probar en el futuro tanto el resultado como el contenido de una comunicación. Además, en el caso de Notificados, tanto la modalidad de burofax postal como de burofax electrónico dispone de las mismas evidencias fehacientes.

Para finalizar, enumeraremos ejemplos concretos susceptibles de ser comunicados vía burofax:

  • Impagos de factura.
  • Reclamación de daños en inmuebles.
  • Bajas de compañías servicios (telefonía, internet, tv, etc…).
  • Comunicación de actas vecinales.
  • Actas societarias.
  • Finalización de contratos.
  • Emisión de contratos.
  • Comunicaciones de compañías de seguros, etc…

 Si deseas conocer que modalidad se ajusta mejor a tu situación particular, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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Burofax

Comentarios

n. hernandez afonso dijo... 13/07/2016 15:25:56 #

necesito redactar un burofax con una reclamacion de factura a un taller

Responder a este comentario

Notificad@s dijo... 13/07/2016 15:31:46 #

Buenas tardes, puede enviar un burofax postal o un burofax electrónico desde www.notificados.com y utilizar una de las plantillas predefinidas de reclamación de factura o bien redactar usted mismo el escrito de reclamación o contratar a un profesional de derecho para que redacte el escrito en su nombre. Un saludo.

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Sobre Notificad@s...

Desde al año 2010 Notificad@s ofrece el servicio de notificación fehaciente (burofax) por vía postal y durante el año 2013 también por vía electrónica con entrega bajo DNI-e y otros certificados digitales reconocidos.

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