¿Qué es la cláusula suelo?
Es una condición que se establece en contratos de préstamo hipotecario a interés variable. En dicha condición, el contrato establece que, aunque el tipo de interés variable sea inferior al un valor mínimo o "suelo", el consumidor que ha recibido el préstamo debe seguir abonando el interés correspondiente a ese mínimo y no el correspondiente a un interés variable inferior a este.
Por ejemplo, supongamos que la cláusula suelo se establece en el 3% y el interés variable actual ha descendido al 1%. Como el interés actual es inferior a dicha cláusula suelo, el consumidor deberá abonar el valor superior del 3% establecido en la cláusula de suelo. Es decir, la cláusula le obliga a abonar un importe mayor que el interés variable que le correspondería.
¿Puedo reclamar si tengo cláusula suelo?
Sí, en España la cláusula suelo ha sido determinada como una cláusula abusiva e ilegal. Puede consultar la sentencia del Tribunal Supremo STS1916/2013 del 9 de Mayo de 2013 y la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ECLI:EU:C:2016:980 del 21 de Diciembre de 2016. Estas sentencias obligan a las entidades bancarias a devolver todo el importe incorrectamente cobrado por las cláusulas suelo de los contratos de préstamos hipotecarios desde la fecha de firma de dicho contrato.
¿Cómo puedo reclamar la cláusula suelo?
Según fuentes del Banco de España la cantidad defraudada ascendería a 4.000 millones de euros y afectaría más de 3 millones de contratos de préstamo hipotecario. Dado el alcance y magnitud del problema, es comprensible que se habiliten en el futuro fórmulas, mecanismos y protocolos para optimizar las reclamaciones de los afectados.
No obstante a lo anterior, el primer paso para reclamar a nuestra entidad bancaria es la comunicación fehaciente de nuestra intención de efectuar formalmente dicha reclamación, intentando resolverlo de forma amistosa y extrajudicial, si es posible. Para ello un mecanismo válido que permitirá identificar a las partes afectadas (actores) en el contrato del préstamo hipotecario con cláusula suelo y el contenido de la reclamación a efectuar, se puede utilizar el burofax postal o el burofax electrónico de Notificad@s en www.notificados.com.
El uso del burofax es la manera más económica y efectiva de acreditar no sólo las fechas, estados, actores y resultado de entrega de forma fehaciente sino también el contenido que se envía, algo que no sucedería si se usan otros medios de comunicación como carta certificada o fax.
Puede remitir la reclamación para solicitar la eliminación y reclamación de los importes cobrados indebidamente a su entidad bancaria, a la dirección de la oficina donde tramitó dicho contrato hipotecario y/o a la dirección válida a efectos de notificaciones que se especificase, si fue el caso, en el contrato hipotecario.
Una vez que la entidad bancaria recibe la reclamación por medio de burofax, debemos esperar su respuesta. Si esta no se produce, o si en caso de producirse no satisface nuestras exigencias, quizá sea el momento de contratar los servicios de profesionales especializados en este tipo de reclamaciones de cláusulas suelo, que tramiten nuestra reclamación por vía judicial. El burofax enviado como primer paso será de utilidad también para la reclamación efectuada por vía judicial si esta llega a producirse.